sábado, 31 de mayo de 2014

Prescripción en el procedimiento de participaciones preferentes
A la hora de acudir a los tribunales en relación con la suscripción de preferentes hay considerar la prescripción de la acción.

En ocasiones, no es posible llevar a cabo una acumulación de acciones sino que es necesario optar por una acción de anulabilidad o de resolución en atención a los plazos de prescripción.

Parece que las acciones de responsabilidad contractual y resolución por incumplimiento, no plantean demasiados problemas ya que quedan sometidas al plazo general de quince años. Sin embargo, para el caso de error o dolo el plazo es de cuatro años (1301 del CC), generando debate jurisprudencial.


Ubicación: Madrid, España
Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información