Las participaciones preferentes tienen las siguientes características que le confieren gran complejidad.
En primer lugar, el pago de intereses que se pacta como retribución sólo se produce en el caso de que la entidad obtenga beneficios.
Este tipo de acciones no otorga derechos políticos al inversor, a diferencia de las acciones ordinarias, y no se establece un vencimiento determinado aunque el emisor puede reservarse el derecho a amortizarlas a partir de los cinco años, previa autorización del supervisor.
En el caso de concurso de la entidad los inversores de participaciones preferentes solo tienen preferencia de cobro antes de los accionistas.
En primer lugar, el pago de intereses que se pacta como retribución sólo se produce en el caso de que la entidad obtenga beneficios.
Este tipo de acciones no otorga derechos políticos al inversor, a diferencia de las acciones ordinarias, y no se establece un vencimiento determinado aunque el emisor puede reservarse el derecho a amortizarlas a partir de los cinco años, previa autorización del supervisor.
En el caso de concurso de la entidad los inversores de participaciones preferentes solo tienen preferencia de cobro antes de los accionistas.